Poder Judicial aclara caso de reo ligado a fentanilo
El Poder Judicial de Costa Rica desmintió este jueves que la liberación de un hombre detenido recientemente por presunta venta de fentanilo haya sido ordenada por jueces o juezas de la institución. El caso involucra a un sujeto de apellido Núñez, quien actualmente cumple una condena de 10 años por delitos de narcotráfico y que, desde marzo de 2020, se encuentra bajo el régimen de atención semiinstitucional.
De acuerdo con una revisión realizada en los sistemas de los Juzgados de Ejecución de la Pena de todo el país, Núñez no ha recibido ninguna orden judicial para abandonar su condición actual. Su reubicación del régimen cerrado al semiinstitucional fue dispuesta por la Dirección de Adaptación Social del Ministerio de Justicia, entidad responsable de la administración de la población carcelaria.
El Poder Judicial recalcó que en este tipo de cambios no existe intervención de jueces ni juezas. La decisión obedece al marco normativo que regula el Sistema Penitenciario Nacional, en particular el Reglamento que detalla las funciones del Instituto Nacional de Criminología. Entre esas funciones se incluyen la valoración de las personas privadas de libertad, la resolución de reubicaciones y el establecimiento de lineamientos para el movimiento de la población penal entre distintos niveles de atención.
El artículo 49 del Reglamento define el Nivel de Atención Semi-institucional como una modalidad en la que los condenados cumplen su pena con menor contención física, pero bajo control y seguimiento, y con apoyo de redes externas. Este modelo busca la paulatina desinstitucionalización de la persona privada de libertad mediante interacción con instituciones públicas, privadas, organizaciones comunales y grupos de autoayuda.
El caso tomó relevancia mediática debido a que Núñez fue detenido recientemente por presunta venta de fentanilo, una droga sintética de altísimo riesgo y poder adictivo, vinculada a crisis de sobredosis en varios países. Sin embargo, el Poder Judicial aclaró que su actual estatus penitenciario no se debe a una liberación judicial, sino a una decisión administrativa del Ministerio de Justicia tomada en 2020, más de cuatro años antes de este nuevo arresto.
El historial penal de Núñez se remonta a mayo de 2018, cuando se acogió a un proceso abreviado y fue sentenciado por el Tribunal de Flagrancia de Corredores a 10 años de prisión por transporte de cocaína, delito tipificado en la Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado y actividades conexas. La sentencia fue apelada por su defensa, pero el Tribunal de Apelación de la Sentencia de Cartago ratificó el fallo en julio de 2018, dejándolo en firme.
El Poder Judicial enfatizó que, aunque las personas bajo régimen semiinstitucional tienen ciertas flexibilidades, continúan cumpliendo su condena y están bajo control de las autoridades penitenciarias. Asimismo, recordó que cualquier actividad delictiva cometida por internos en este régimen es competencia del Ministerio de Justicia y que, en caso de nuevos delitos, corresponde al Ministerio Público y a los tribunales competentes determinar responsabilidades penales adicionales.
La institución también reiteró su compromiso con la transparencia y la aclaración pública cuando se difundan informaciones incorrectas o incompletas que puedan afectar la imagen del sistema judicial. “Es fundamental que la ciudadanía comprenda los alcances y limitaciones de cada institución en materia penal y penitenciaria”, señaló un vocero oficial.
El fentanilo, sustancia por la que Núñez fue detenido nuevamente, ha generado creciente preocupación en Costa Rica. Aunque su uso médico está regulado, su comercialización ilícita y adulteración con otras drogas ha provocado un aumento en los riesgos de intoxicaciones graves y muertes. Autoridades judiciales y de salud insisten en que su tráfico y consumo requieren una respuesta coordinada entre instituciones, similar a lo que ocurre en otros países donde la crisis de opioides ha tenido consecuencias devastadoras.
Con este pronunciamiento, el Poder Judicial busca disipar dudas y dejar claro que no tuvo injerencia alguna en la decisión que permitió que el reo se encontrara en un régimen menos restrictivo al momento de su reciente detención.