De forma unánime y con 49 votos, el pleno legislativo aprobó una moción para conformar una comisión especial que analizará el papel de la Unidad Presidencial de Análisis de Datos (UPAD).
por: Aarón Chinchilla / 24 febrero, 2020
La Asamblea Legislativa anunció la conformación de una comisión especial que analizará el papel de la Unidad Presidencial de Análisis de Datos (UPAD).
De forma unánime y con 49 votos, el pleno legislativo aprobó una moción presentada por la diputada Silvia Hernández (PLN) para conformar una comisión que investigue la creación y posibles violaciones de la UPAD y del Gobierno de la República, además de las violaciones que se hayan cometido al infringir sobre el derecho a la Intimidad de las personas.
Adicionalmente, se investigará el papel del Ministerio de la Presidencia, sus dependencias y responsabilidades respecto a UPAD.
Dicha Comisión estará integrada por siete miembros: dos diputados de Liberación Nacional (PLN) y un diputado de las fracciones del PUSC, PAC, Restauración Nacional (PRN), un legislador que represente a las fracciones con menos de cinco diputados y finalmente, uno de los independientes y tendrá como plazo máximo dos meses.
Esta moción permitirá ampliar sobre este tema. El que nada debe, nada teme y se probará queno hay nada que ocultar y que todo se ha hecho bajo la legalidad, señaló la oficialista Paola Vega.
¿Qué decía el decreto?
En detalle, el decreto planteaba la creación de la Unidad Presidencial de Análisis de Datos (UPAD), que sería una instancia asesora de la Presidencia de la República, la cual «tendría un enfoque de toma de decisiones de política pública fundamentadas en la evidencia que aporta el análisis de los datos».
El principal punto cuestionado se encontraba en el artículo 7, que precisaba que para el cumplimiento de las atribuciones constitucionales y legales del Presidente, las instituciones de la Administración Pública Central y Descentralizada debían permitir el acceso a toda información que sea requerida por parte de la UPAD, salvo aquellos casos particulares donde la información sea considerada como secreto de Estado y en cumplimiento con la Ley Nº 8968, también se brindaría acceso a la UPAD a información de carácter confidencial con la que cuenten las instituciones públicas cuando así se requiera.
Dicha información mantendría en todo momento su carácter confidencial, independientemente del acceso que se le brinde a la UPAD.