El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) rechazó un recurso de amparo electoral presentado por Brandon Marín Toruño contra la candidata presidencial Laura Fernández Delgado y el Partido Pueblo Soberano, según la resolución n.° 7138-E1-2025, emitida el 20 de octubre.
El reclamo señalaba presuntas irregularidades en la participación de Fernández en actividades gubernamentales y el uso de referencias al “proyecto rodriguista” y los “jaguares” en sus discursos de campaña.
Sin embargo, el TSE determinó que no existió infracción electoral, al considerar que es legítimo que las personas candidatas relacionen sus propuestas con gestiones o grupos que han ejercido el poder. “Es lícito que quienes compiten por el poder vinculen sus discursos con grupos que han ejercido o ejercen el poder, y valerse de lo que entienden como el buen hacer de sus correligionarios”, señala el fallo.
El Tribunal también precisó que las candidaturas no tienen restricciones jurídicas para asistir a eventos públicos convocados por instituciones estatales, siempre que no se realicen actos de proselitismo político. “Su presencia en ellas no les acarrea ningún tipo de responsabilidad”, agregaron los magistrados.
No obstante, la resolución advierte que los funcionarios públicos deben mantener la neutralidad institucional, ya que su participación o expresiones de apoyo hacia candidaturas podrían acarrear responsabilidades administrativas o electorales por beligerancia política.
El TSE enfatizó que corresponde a los jerarcas y organizadores evitar que las actividades oficiales se transformen en plataformas partidistas. “Deben tomar las medidas necesarias para garantizar que esos eventos no se conviertan en una plataforma de visibilización de un grupo político”, concluye el documento.