Laura Fernández
El Gobierno de Laura Fernández echó atrás en la aplicación del Secreto de Estado para compras, presupuestos y acciones generales de sus cuerpos de seguridad, mediante la firma de un decreto que modifica lo publicado el pasado 10 de agosto y que acumulaba dudas y cuestionamientos de legalidad.
La presidenta Laura Fernández, y el ministro de Seguridad Pública, Gerald Campos, firmaron y publicaron en el Diario Oficial La Gaceta el decreto 45962-MSP, el cual reforma los artículos 2 y 3 de la norma inicial del decreto 45870-MSP, que declaraba bajo estricta confidencialidad la totalidad de las actuaciones, planes operativos, partidas, rubros de gastos, contratos de compras públicas y presupuestos vinculados con el Consejo Nacional de Seguridad, la Dirección de Inteligencia y Seguridad (DIS) y el grupo denominado Fuerza Élite, integrado por los ministros de Seguridad, Justicia, Comunicación y las jefaturas policiales del Ejecutivo.
Con la reforma publicada, el Poder Ejecutivo excluyó explícitamente del velo de secreto los procedimientos ordinarios de contratación pública, la ejecución presupuestaria general y la fiscalización financiera de estos órganos, áreas que en la versión de agosto quedaban fuera del escrutinio ciudadano.
Asimismo, la modificación elimina la aplicación automática del Secreto de Estado que antes operaba por el solo hecho de que un expediente mencionara al Consejo, la DIS o la Fuerza Élite. La norma vigente establece que la reserva deberá evaluarse caso por caso bajo criterios de necesidad, idoneidad y proporcionalidad, obligando a las autoridades a fundamentar de forma directa ante la persona solicitante la existencia de un riesgo cierto, inminente y directo para la vida de las personas o para el éxito de las operaciones policiales contra el crimen organizado.
El decreto modificado también ajustó el deber de confidencialidad exigido a los participantes de estos órganos. Mientras la redacción anterior imponía guardar reserva sobre la totalidad de lo discutido sin excepción alguna, el nuevo texto acota esa obligación únicamente a los escenarios donde la divulgación de la información entorpezca las investigaciones o ponga vidas en riesgo, resguardando el acceso a los asuntos de interés público.