Pareciera que se ha optado por una propuesta torpe, hecha con trazos gruesos y simplones que no da confianza a la Institucionalidad y es un peligroso portillo para la democracia.
por: Aarón Chinchilla / 14 abril, 2021
*Por Rodrigo A. Campos Hidalgo.
Para los que están involucradas en el tema del empleo público, resulta indudable la necesidad de tratar de definir reglas en la materia, que unifiquen la selva de regímenes existentes y las asimetrías en los diferentes salarios que se pagan en la actualidad en el Estado.
in embargo, no es dable que una propuesta tendiente a este objetivo, abra portillos peligrosos que contribuyan en un futuro, a minar la institucionalidad democrática que vivimos y ante todo, la independencia entre los Poderes de la República.
A golpe de tambor, de manera irreflexiva se ha venido conformando un rejuntado, a veces contradictorio y poco razonado de iniciativas que dan forma al proyecto de ley de empleo público. No me referiré a otros que se le han endilgado al proyecto, ni al curiosísimo silencioso de gremios de trabajadores, – que no deja de llamar la atención- sino a los riesgos que emanan respecto de la independencia del Poder Judicial, en el caso de las personas juzgadoras, fiscales, Defensores Públicos y miembros del OIJ.
De una lectura del proyecto se evidencia una marcada tendencia a que un mega Ministerio al más puro espíritu Orwelliano y la Dirección General de Servicio Civil, dependientes del Poder Ejecutivo, definan los aspectos más básicos de las políticas de reclutamiento, evaluación, de la Administración Pública, incluido el Poder Judicial, el cual es tratado como si fuera una Institución o un órgano más de la maraña institucional. En este sentido, ambos órganos tendrán abierta incidencia, inclusive hasta en el nombramiento de la persona responsable de la Fiscalía General, el OIJ y los jueces de la República.
Ni siquiera el más reciente parche de la palabra “coordinación”, introducida para tratar de salvar la tanda de la relación entre poderes, nos salva de sospechar lo que puede significar que mediante simple acto administrativo de Mideplan, se llene de contenido el concepto de las “familias” en donde estarán incluidos y dispersos los diferentes tipos de servidores judiciales.
Olímpicamente los creadores del proyecto soslayan que el artículo 154 de la Constitución Política indica que el Poder Judicial sólo está sometido a las disposiciones de nuestra Carta Magna y a la ley y dejan a meros actos administrativos, circulares y manuales del Servicio Civil, la imposición de cómo deberá regular su relación de empleo.
Si bien los que están hoy en el poder pueden pretextar sus más puras intenciones – y podríamos creerle o no- lo cierto es que no sabemos a futuro quienes estarán a cargo del Poder Ejecutivo y sus planes futuros respecto de la Institucionalidad Costarricense.
Estamos vacunados de que acá a algunos años no llegue al poder un loco radical que pretextando las atribuciones de la ley indicada no quiera meter sus garras en la definición de perfil de juzgadores, fiscales y policías así como su forma de evaluación, nombramiento y remoción? Las leyes hay que verlas con visión histórica y sus efectos en el tiempo en cuanto a la creación de riesgos para con nuestro sistema democrático.
Más grave aún las distinciones que por puros motivos políticos se hacen. Mientras rabiosamente se insiste en mantener al Poder Judicial en todos sus alcances y sujeción al MIDEPLAN, se excluye en buena medida a las Municipalidades. Que alguien me explique por favor.
No se advierte que los proponentes del proyecto, tengan una conciencia sobre la necesaria tutela de la independencia judicial o que puedan trascender de una visión puramente fiscalista.
Más inteligente a la redacción actual, sería una propuesta que establezca las grandes líneas a seguir en la materia, definiendo y limitando con claridad y estableciendo sanciones por incumplimiento, mas sin trasladar competencias constitucionales a un Ministerio que no pareciera capacitado para asumir la tarea.
No obstante, pareciera que se ha optado por una propuesta torpe, hecha con trazos gruesos y simplones que no da confianza a la Institucionalidad y que reitero, es un peligroso portillo para la democracia.
*Hidalgo es abogado. Máster en Derecho del Trabajo y la Seguridad Social. Ex profesor de la Universidad de Costa Rica (UCR).
*La opinión expresada en este espacio no necesariamente representa la línea editorial de PULSOCR, sino exclusivamente responsabilidad de su autor.