Los 11 beneficios de los empleados de Recope que eliminó la Sala IV


La Sala IV se trajo abajo 11 puntos de la Convención Colectiva de Recope por considerarlos inconstitucionales, tras resolver una acción presentada por el ahora exdiputado Otto Guevara.


por: Esteban Mata / 23 mayo, 2019

La Sala IV se trajo abajo 11 puntos de la Convención Colectiva de Recope por considerarlos inconstitucionales, tras resolver una acción presentada por el ahora exdiputado Otto Guevara.

De seguido les facilitamos los 11 beneficios que se vinieron al suelo en la Refinadora Costarricense de Petróleo:

  1. La licencia de dos días con goce de salario que tenían los empleados de Recope cada vez que se casaba uno de sus hijos (esta tenía vigencia hasta el 2019).
  2. La cobertura del 100% del salario que Recope les daba a sus empleados cuando debían incapacitarse por un accidente de tránsito. Es decir, si a un empleado de Recope le debían incapacitar por un choque, no había problema, Recope le ponía el faltante del salario que no cubría la póliza.
  3. El servicio de odontología para la familia directa que gozaban los empleados de la institución. Ahora, este servicio se seguirá dando, pero solo cubre al funcionario, ya no al resto de sus familiares.
  4. El plan de Becas por ¢11,2 millones para la compra de útiles a repartir entre los trabajadores en enero de cada año.
  5. La partida de ¢5,6 millones que el sindicato de Recope recibía. Los magistrados señalan que las becas deben buscar el beneficio de la empresa del Estado, y bajó el monto destinado a útiles a ¢3 millones.
  6. La Sala declaró inconstitucional que Recope estuviera en la obligación de girar ¢40.000 a cada trabajador que se casara.
  7. También quedaron eliminados los ¢28 mil que recibía cada empleado cada vez que nacía un hijo.
  1. Se eliminó el subsidio del 75% del salario de los empleados administrativos, de contabilidad, asesoría legal y auditoría interna del Fondo de Ahorro, Préstamos, Vivienda, Recreación y Garantías de la institución.
  2. Se anuló la ventaja que tenían los dependientes de los empleados de Recope para usar el transporte de la institución.
  3. Ya no habrá cesantía de 24 meses (dos años de salario como cesantía) pues los magistrados consideran que con 12 meses es suficiente. Los empleados del sector privado y de otras instituciones del Estado tienen un tope de 8 meses.
  4. No más casados de ¢750. A pesar de que dicho beneficio tenía un aumento del 10,7% anual desde el 2010, los magistrados consideraron que era desproporcional.

Sobre la medida, el alto tribunal señaló en su resolución que “las Convenciones Colectivas de Trabajo, se encuentran sometidas al Derecho de la Constitución; así, las cláusulas convencionales, deben guardar conformidad con las normas y los principios constitucionales de igualdad, prohibición de discriminación, legalidad, razonabilidad y proporcionalidad, sobre todo, cuando de fondos públicos se trate, sujetos al principio de legalidad presupuestaria”.

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