Los diputados rechazaron una moción que buscaba eliminar el ‘derecho de objeción de conciencia’ propuesto por el bloque independiente fabricista.
por: Aarón Chinchilla / 7 abril, 2021
Los diputados rechazaron una moción que buscaba eliminar el ‘derecho de objeción de conciencia’ propuesto por el bloque independiente fabricista.
En medio de la discusión de más de 270 mociones que tiene el proyecto 21.336, veintiséis legisladores rechazaron una moción de reiteración que pretendía eliminar el “derecho de objeción de conciencia” del texto de ley.
La propuesta conservadora plantea que si un funcionario recibe una orden para participar en una capacitación, podría negarse a participar, si esto riñe contra sus convicciones morales o religiosas.
“Los servidores públicos podrán informar a la administración por medio de una declaración jurada, sobre su derecho a la objeción de consciencia cuando se vulneren sus convicciones religiosas, éticas y morales, para efectos de los programas de formación y capacitación que se determine sean obligatorios para todas las personas servidoras”, detalla la moción del legislador Jonathan Prendas.
Así quedó la votación:

La objeción de conciencia ha sido uno de los caballos de batallas de los diputados conservadores, para evitar que los funcionarios públicos se vean obligados a prestar servicios públicos como la fecundación in vitro o procesos legales para parejas del mismo sexo.
Con lo aprobado, dan un paso, pequeño pero importante, en sus planes de limitar la acción del Estado para sensibilizar a su personal en temas de derechos humanos que van en contra de sus posiciones religiosas.
Esta posición podría traer consecuencias que ya habían sido advertidas por la Procuraduría General de la República, en el oficio OJ-151-2020, donde señalaban posibles perjuicios en la prestación de servicios públicos, a raíz de un proyecto de ley de objeción de conciencia aún más ambicioso que tramitan los diputados conservadores en el expediente 22020, titulado “Ley para tutelar la objeción de conciencia e ideario”.
En esa oportunidad la Procuraduría advirtió que “si bien el proyecto de ley intenta conciliar los derechos fundamentales en conflicto al establecer que “las autoridades del establecimiento serán responsables de asegurar el traslado inmediato del usuario, consumidor o paciente a otro establecimiento, para que se garantice el acceso a la atención y no sufra menoscabo”, lo cierto es que, tratándose del Estado, no podría alegarse la existencia de una objeción de conciencia institucional, sino únicamente de sus funcionarios y no por tal condición, sino en ejercicio de sus derechos inherentes a su condición humana”.